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Menú v2 (publicado) • Ordenanza • Ancla
Título • Patin eléctrico
Ordenanza de movilidad urbana sostenible En patinete eléctrico y otros vehículos de movilidad personal
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Contenido • Indicaciones generales
Indicaciones generales
Como establece el Reglamento General de Vehículos, los vehículos de movilidad personal o VMPs son vehículos de una o más ruedas con una sola plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h. Estos vehículos solo pueden estar equipados con un asiento si tienen un sistema de autoequilibrado.
Las personas que hagan uso de estos vehículos deben conducir con diligencia y precaución para evitar poner en peligro los demás usuarios de la vía y a sí mismo.
Las personas que hagan uso de un VMP deben respetar las normas de comportamiento que establece la normativa de tráfico y seguridad vial para todos los conductores de vehículos.
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Contenido • Patinetes eléctricos y otros VMP en espacios peatonales
Patinetes eléctricos y otros VMP en espacios peatonales
Los VMP no pueden circular por zonas de estancia, aceras y calles peatonales.
Cuando necesiten acceder a estos espacios, los usuarios de VMP deben hacerlo bajándose del vehículo y transitando con vehículo de la mano.
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Contenido • Patinetes eléctricos y otros VMP en espacios para la bicicleta
Patinetes eléctricos y otros VMP en espacios para la bicicleta
Las personas que hagan uso de un VMP pueden circular por las vías y los itinerarios ciclistas.
Deben ajustar su velocidad y respetar la convivencia con otros usuarios de estas vías.
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Contenido • Patinetes eléctricos y otros VMP en otros espacios
Patinetes eléctricos y otros VMP en otros espacios
Las personas que usan un VMP pueden circular por calles residenciales, zonas 30 y por la calzada, pero deben adecuar su velocidad y conducción al entorno por el que circulan.
Deben mantener una distancia de 1,5m respecto a los peatones y cuando las condiciones no permitan respetar esa distancia, deberán bajarse del vehículo y transitar a pie.
Los conductores deben circular en el sentido de la marcha, salvo que haya señalización que indique lo contrario. En caso de que se pueda circular en doble sentido, la prioridad será de quienes circulen en sentido de la marcha.
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Contenido • Estacionamiento de patinetes eléctricos y otros VMP
Estacionamiento de patinetes eléctricos y otros VMP
Los VMP deben ser estacionados en los lugares específicamente habilitados para ello.
También podrán ser estacionados en las bandas de estacionamiento y en los lugares destinados a las bicis, respetando las mismas normas que estas.
Los VMPs para servicios de uso compartido solo pueden estacionarse en lugares especialmente habilitados y autorizados por el Ayuntamiento.
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Destacado • Pasos peatones y otras zonas concurridas
Pasos de peatones y otras zonas concurridas
Cuando cruces un paso de peatones (salvo que sea un paso de bicicletas) y cuando circules por zonas concurridas de peatones deberás bajarte y transitar a pie.
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Contenido • Ordenanza al completo
Consulta la ordenanza al completo
Consulta el apartado completo referente a los patinetes en la Ordenanza de Movilidad urbana sostenible
Consulta la Ordenanza completa de Movilidad urbana sostenible en formato PDF
Consulta la infografía sobre patinetes en formato PDF