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Título • Estacionamiento limitado

Ordenanza de movilidad urbana sostenible Estacionamiento limitado

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Contenido • Indicaciones generales sobre las zonas de estacionamiento limitado

Indicaciones generales sobre las zonas de estacionamiento limitado

Las zonas de estacionamiento limitado son zonas definidas por el Ayuntamiento donde el estacionamiento está permitido, pero son de pago con la finalidad de fomentar la rotación del aparcamiento de vehículos, promover la movilidad sostenible y ampliar la oferta de plazas disponibles para los residentes.


Las zonas de estacionamiento limitado se dividen entre:

Plazas en zona azul: estacionamiento de rotación con límite de tiempo y pago en parquímetro.

Plazas en zona roja: estacionamiento de alta rotación con mayor limitación temporal y pago en parquímetro.

Plazas en zona verde: estacionamiento exclusivo para residentes.


Las zonas con plazas de estacionamiento limitado son definidas por el Ayuntamiento y estarán señalizadas con una línea discontinua del color que corresponda a cada zona, siguiendo la normativa de tráfico y seguridad vial.


Estas zonas de estacionamiento limitado tendrán espacios reservados para las personas con movilidad reducida.

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Contenido • Funcionamiento de las distintas zonas de estacionamiento limitado

Funcionamiento de las distintas zonas de estacionamiento limitado

El horario y la duración para el estacionamiento en cada zona limitada se define en el Anexo II de la Ordenanza y la Alcaldía podrá modificar el horario con carácter general o para zonas o períodos concretos del año mediante Decreto.


El estacionamiento en las zonas limitadas azules y rojas requiere del pago en parquímetro u otras aplicaciones telemáticas para obtener el ticket correspondiente. El ticket o recibo debe ser visible en el interior del parabrisas.


El estacionamiento en las zonas limitadas azules y rojas es libre fuera de los días y horarios establecidos.


El estacionamiento en la zona verde, reservada para residentes, requiere de la correspondiente tarjeta identificativa, expedida por el Ayuntamiento. Esta identificación debe ser visible en el interior del parabrisas.


La tarjeta identificativa permite estacionar únicamente en las plazas de zona verde situadas en el barrio o distrito en el que el titular esté empadronado.


El titular de la tarjeta de residente es responsable de su uso. Cuando cambie de domicilio o de vehículo debe comunicarlo al Ayuntamiento.


El tiempo máximo que un vehículo puede permanecer estacionado en una plaza de residentes será de diez días naturales consecutivos.

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Destacado • Estacionamiento limitado en Alde Zaharra

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Contenido • Vehículos sin limitaciones ni obligación de pago en zonas de estacionamiento limitado

Vehículos sin limitaciones ni obligación de pago en zonas de estacionamiento limitado

Los siguientes vehículos no están sujetos al límite de tiempo o la obligación de pago en las zonas de estacionamiento limitado:

Los vehículos con tarjeta de residente, cuando estacionen en una zona de estacionamiento limitado dentro del barrio o zona en el que está empadronado el titular.


Los vehículos que tengan la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida siempre que el vehículo lo utilice el titular de la tarjeta.


Los vehículos que prestan servicios esenciales como ambulancias, bomberos, policía, Cruz Roja, DYA, funerarios, etc.


Las bicicletas, ciclos de dos y tres ruedas y los vehículos de movilidad personal.


Los vehículos comerciales que están realizando trabajos de carga y descarga en las zonas y horarios definidos para ello.


Los autotaxis y VTC que estén prestando servicio y donde el conductor está presente. En el caso de los VTCs, el servicio deberá ser contratado previamente.


Los vehículos en los que el conductor o algún pasajero permanezca en el interior, siempre que el estacionamiento sea inferior a cinco minutos.

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Contenido • Indicaciones sobre reserva de estacionamiento y tarjeta de estacionamiento de vehículos de personas con movilidad reducida

Indicaciones sobre reserva de estacionamiento y tarjeta de estacionamiento de vehículos de personas con movilidad reducida

El uso de la tarjeta especial de estacionamiento para personas con movilidad reducida solo puede ser usada en los desplazamientos de su titular y sólo la podrá utilizar cuando conduzca el vehículo o sea trasladado en él.


El derecho a usar las plazas reservadas o al estacionamiento gratuito y sin limitación temporal en las zonas de estacionamiento limitado tiene que ser acreditado mediante la tarjeta original, que deberá ser visible en el interior del parabrisas del vehículo.


El Ayuntamiento delimitará espacios reservados para los titulares de la tarjeta para personas con movilidad reducida en la proporción establecida en la normativa de accesibilidad.


La persona titular de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida debe comunicar al Ayuntamiento los cambios de vehículo, domicilio o centro de trabajo y cualquier otra alteración de los requisitos que motivaron la reserva de plaza.

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Contenido • Ordenanza al completo

Consulta la ordenanza al completo

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Consulta el apartado completo referente al estacionamiento limitado en la Ordenanza de Movilidad urbana sostenible

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Consulta la Ordenanza completa de Movilidad urbana sostenible en formato PDF

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Consulta la infografía sobre estacionamiento limitado en formato PDF

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Contenido • Estacionamiento limitado