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Bono Denda Información

Por cada compra igual o superior a 30 euros que se haga en un establecimiento adherido a la campaña se generará un bono de 10 euros. Cada persona podrá disfrutar de un máximo de 3 bonos de descuento, que deberán ser utilizados en compras y establecimientos diferentes.

Las personas compradoras tendrán que cumplir con estas condiciones:

  • Estar empadronadas en Hondarribia.
  • Tener cumplidos los 18 años.

Compra en los establecimientos adheridos entre el 2 de marzo y el 1 de abril de 2026 para conseguir tus bonos y gástalos en los establecimientos que participan en la campaña. Como ciudadano, no necesitas registrarte.

 

Información para los comercios

Los comercios interesados en participar en la campaña se inscribieron en la página web www.hondarribikobonoak.eus entre el 26 de enero y el 9 de febrero de 2026.

Desde el Ayuntamiento, junto con los comerciantes, hemos realizado el trabajo de ampliar los epígrafes para poder incluir más tipos de tiendas en esta campaña. En otras campañas algunos tipos de comercios se quedaban fuera y ahora hemos conseguido que se extiendan más para que los beneficios lleguen al mayor número de comercios.

Comercios Incluidos

  • Agrupación 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.
  • Agrupación 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
  • Agrupación 662. Comercio mixto o integrado al por menor.
  • Agrupación 836. Ayudantes técnicos sanitarios y fisioterapeutas.
  • Agrupación 971. Lavanderías, tintorerías y servicios similares.
  • Agrupación 972. Salones de peluquería e institutos de belleza.
  • Agrupación 9731. Servicios fotográficos.
  • Agrupación 975. Servicios de enmarcación.
  • Agrupación 979.9. Otros servicios personales.

Quedan excluidas:

  • Las actividades del grupo 647, comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general, cuando los establecimientos cuenten con una sala de ventas superior a 400 metros cuadrados.
  • Las actividades del grupo 655, Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.
  • Las actividades del grupo 646, Comercio al por menor de labores tabaco y artículos de fumador.