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Pensión no contributiva
Pensión de la Seguridad Social destinada a personas mayores o discapacitadas que carezcan de recursos suficientes para vivir.
Existen dos modalidades:
- Pensión no contributiva (PNC) de JUBILACIÓN.
- Pensión no contributiva (PNC) de INVALIDEZ.
Requisitos
Generales:
- Estar empadronado/a en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
- Carecer de recursos económicos suficientes según lo dispuesto en la normativa vigente
Pensión de jubilación:
- Haber cumplido los 65 años.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años entre la edad de 16 y la del devengo de la pensión, de los que 2 deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la PNC.
Pensión de invalidez:
- Ser mayor de 18 años y menor de 65 años, en el momento de la solicitud.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los que 2 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la PNC.
- Estar afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%.
- Para optar al complemento de Ayuda de Tercera Persona (ATP) se requiere un 75% de discapacidad como mínimo y estar valorado con al menos un grado en el Baremo de Valoración de Dependencia (BVD).
Dónde se tramita
Oficina de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Hondarribia.
Hacienda, Tesorería y Recaudación |
Normativa, información ampliada e impresos
Descargar documentos
- Real Decreto 357/1991, que desarrolla la Ley 26/1990 sobre pensiones no contributivas de la Seguridad Social (actualizado).
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. (art. 363-373).
- Orden PRE/3113/2009, de 13 de noviembre, por la que se dictan normas de aplicación y desarrollo del Real Decreto 357/1991.
- https://w390w.gipuzkoa.net/WAS/CORP/LIATramitesWEB/ficha.do?ver=864&idioma=es
- Solicitud [PDF]